viernes, 11 de agosto de 2017

Sala Superior del TEPJF confirma Acuerdo del INE; Consejeros del OPLE no serán removidos


Tribunal-Electoral-Xalapa

La Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo del Consejo General del INE, donde desechan el procedimiento de remoción en contra de 3 Consejeros Electorales
El Consejo General del INE señaló las razones por las cuales no se acreditaron las causales de remoción
Los Consejeros Electorales del OPLE Veracruz no intervienen en el proceso de contratación

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante votación unánime,emitió la sentencia para resolver el RAP 179/2017, en la cual confirma el Acuerdo del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se desechó la denuncia presentada por el C. Juan Bueno Torio, en contra de los Consejeros Electorales del OPLE Veracruz, Eva Barrientos Zepeda, Tania Celina Vázquez Muñoz y Jorge Alberto Hernández y Hernandez. Esta denuncia fue derivada de la contratación de la empresa Corporativo ZEG, la cual participó en la validación de las firmas de apoyo presentadas por los aspirantes a candidatos independientes durante el proceso electoral 2015-2016.
Tras la discusión del proyecto de sentencia, los Magistrados que integran la Sala Superior estimaron infundados e inoperantes los agravios presentados por el Candidato Juan Bueno Torio. Pues, contrario a lo manifestado por el ahora excandidato independiente a gobernador de Veracruz, el Consejo General del INE señaló puntualmente las razones por las que no se acreditaron las causales de remoción de los Consejeros denunciados.Igualmente, del estudio de la normativa del OPLE, concluyeron que los Consejeros del OPLEVeracruz no participan en actos administrativos como las adquisiciones y contrataciones.
Los únicos hechos que importan son aquellos que son probados, y para el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación lo que se comprobó es que los Consejeros Electorales del OPLE Veracruz no tienen ninguna injerencia ni responsabilidad en las contrataciones de empresas que realizadas por el Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz; por lo cual, son falsas las acusaciones de quienes los responsabilizan de dichos actos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

GRACIAS POR DEJAR TU COMENTARIO.